Administración Electrónica (E-administración) para Gobierno
¿Por Qué Implementar la Administración Electrónica de los Documentos Electrónicos?
La Administración Electrónica abarca automatizar y gestionar documentos electrónicos para ahorra tiempo y recursos en la producción, gestión y almacenamiento de los documentos dentro de las instituciones. Igualmente permite la automatización de las tareas para producción (elaboración, validación, aprobación, clasificación, almacenamiento), la recepción (registro, radicación, distribución, clasificación y almacenamiento). De igual manera se da una oportunidad para establecer reglas de negocio en los flujos de trabajo, que den cumplimiento a los principios la función archivística y de la gestión documental.
Además facilita la trazabilidad de la gestión los documentos generados y recibidos electrónicamente así como permite vincular archivísticamente los documentos asociados a cada etapa y actividad del proceso de forma automática y controlada. Por lo que se facilita el tratamiento archivístico de grandes volúmenes de documentos y metadatos que de ellos hacen parte y aporta para el acceso en línea a los documentos al interior y exterior de la entidad de forma ágil lo que logra que exista una mayor accesibilidad de los usuarios a toda la información disponible.
Ventanillas únicas
Portales de programas específicos de programas transversales del Estado
Sedes electrónicas
Ley 2080 de 2021
Procedimientos Administrativos Electrónicos
¿Qué mandatos establece esta Ley?
Mandatos para Sede electrónica
- Toda autoridad deberá tener una sede electrónica.
- Ordena que ésta cuente con medidas jurídicas, organizativas y técnicas que garanticen calidad, seguridad, disponibilidad, accesibilidad, neutralidad e interoperabilidad.
- Ordena la integración de dicha sede a GOV.CO
- Responsabiliza a las autoridades usuarias de GOV.CO de la integridad, confidencialidad, autenticidad y actualización de su información y de la disponibilidad de servicios ofrecidos por este medio.
Atributos
- Accesibilidad
- Seguridad
- Neutralidad
- Interoperabilidad
- Calidad de la Información
- Disponibilidad
- Infraestructura tecnológica
Ley 2052 de 2020
Antitrámites
¿Qué mandatos establece esta Ley?
- Cada entidad deberá identificar las cadenas de trámites en las cuales participa, así como priorizar la simplificación de los trámites asociados a dichas cadenas y la interoperabilidad con las demás entidades participantes.
- Automatizar cada cadena de trámites y permitir que la gestión de los trámites asociados se haga en línea, garantizando la integración con el portal GOV.CO y haciendo uso de los Servicios Ciudadanos Digitales.
- Implementar los servicios ciudadanos digitales.
- Crear, diseñar o adecuar los mecanismos de intercambio de información de los sistemas y soluciones tecnológicas que soportan sus trámites, dando cumplimiento al marco de interoperabilidad y los lineamientos de vinculación al servicio de interoperabilidad de los servicios ciudadanos digitales.
Integración al Portal Único del Estado Colombiano - GOV.CO.